martes, 12 de julio de 2011

¿Quién paga los gastos de funcionamiento de los partidos políticos?

Si se encontrara ante la pregunta del título, es posible, que utilizando el sentido común, o incluso algo más sofisticado como un análisis coste-beneficio, llegara a las posibles siguientes respuestas:
A – si mi cuñado Antonio tiene un bar y los gastos de funcionamiento se los paga de su bolsillo, lo propio es que sea el partido político quien sufrague de su bolsillo sus gastos de mantenimiento. Parece un buen razonamiento.
B – Como los votantes de un partido político lo son por su afinidad con su ideología, planteamientos y soluciones, parece razonable, que sean los votantes de ese partido político lo que sufraguen los gastos de mantenimiento del partido.
C – Si un elevado número de actividades no comerciales, tienen como fuente de financiación a patrocinadores privados, también parece razonable que a los partidos políticos les sufrague los gastos de mantenimiento un patrocinador.

Sin embargo, usted y yo y el resto de los contribuyentes financiamos las gastos corrientes de los partidos

En aras de ser positivo y con el ánimo de dar ideas, de las que estamos muy necesitados, ofrezco la siguiente colección de propuestas:

1 – que todos los partidos políticos publiciten mensualmente sus gastos de mantenimiento, en prensa, radio, televisión y boletines oficiales nacionales, autonómicos y provinciales. Con el suficiente detalle y con el nombre de la persona física o jurídica que percibe el cobro del servicio prestado.
2 – La subvención por su propia naturaleza, debe de ser una parte no sustancial de la financiación de los gastos de mantenimiento, inicialmente podría ser del orden del 25 %.
3 – Para no desvirtuar la naturaleza de la subvención y convertirla en fuente constante de financiación, con el transcurso del tiempo el porcentaje será decreciente, 25 % el primer año, 20 % el segundo, etc. en un plazo razonable de por ejemplo 10 años, la subvención desaparecería.
4 – Los afiliados deben de correr con la mayor parte de la financiación de su partido, si mi cuñado financia el 100 % de sus gastos, que menos que los afiliados financien del 50 % al 75 % de los suyos.
5 – Los patrocinadores deben de tener cabida legal en el cuadro de financiación de un partido político. Parece que el 25 % puede resultar adecuado. Esta fuente de financiación, es obvio, que debe de estar dotada de una transparencia total.
6 – La actividad mercantil de los partidos, puede proveer del resto de la financiación de sus propios gastos. Estando la actividad restringida adecuadamente, puede resultar una adecuada fuente de ingresos. También es obvio, la necesaria transparencia total.

Entretanto estas o similares medidas son tenidas en cuenta y puestas en práctica, le diré que durante el segundo trimestre de 2011, usted y yo hemos financiado los gastos corrientes de funcionamiento de los partidos políticos, y la cifra no resulta insignificante. ¿Quiere saber cuál es?

¿Que tal se le queda el cuerpo?

Bien, quiero realizar una última propuesta, que será la número
7 - incluir una casilla en la declaración de la renta, en la que el contribuyente pueda indicar otro destino a su actual y obligatoria aportación a la financiación de los partidos políticos. A su vez la Administración vendría obligada a indicar el destino real de esta aportación.

1 comentario:

  1. Hola Jose Luis, he dado con tu blog por pura casualidad y me ha gustado mucho tu artículo. La exposición es clara y sencilla,además de entretenida y los datos, contrastados.

    Me hago seguidora tuya... porque veo que tienes ganas de hacer y decir las cosas bien.

    Saludos cordiales

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