Los árbitros cobrarán desde 500 euros a 1.500 euros según el tamaño de la empresa y el número de centros y en cualquier caso no podrán obtener más de 9.000 euros al año, por la suma de subvenciones recibidas bajo este concepto. Ahora bien, tengan cuidado ya que si en el plazo de 3 meses desde la solicitud no reciben resolución alguna de la administración, se le aplica el silencio administrativo negativo, y habrá sido desestimada su solicitud y se le pondrá cara de tonto por haber trabajado en balde.
Lars Schmidt CC-BY-SA-3.0, via Wikimedia Commons |
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Subvenciones
- Real Decreto 429/2013, de 14 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las compensaciones económicas a los árbitros designados por la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos en relación con la inaplicación de las condiciones de trabajo de los convenios colectivos.
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